BASES PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN LABORAL DEL PROFESORADO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Con objeto de proveer una plaza de Profesor de Canto, a media jornada, para el curso 2003/2004, este Ayuntamiento ha resuelto convocar la selección de la misma de acuerdo a las siguientes BASES


SEGUNDA. REQUISITOS PARA SER ASPIRANTE
Para tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:



  • a) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
  • b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones.
  • c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Todos los requisitos anteriormente mencionados deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.


TERCERA. SOLICITUDES
Las solicitudes para participar en el procedimiento selectivo, en la que los aspirantes manifiesten que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayto. de Aranda de Duero y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente de la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia.


Junto a la solicitud, los aspirantes deberán acompañar:



  • 1.- Relación detallada de los méritos que aleguen para la fase concurso.
  • 2.- Una programación didáctica de la asignatura.

CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Terminado el plazo de admisión de instancias, el Sr. Alcalde aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Aranda de Duero, concediéndose un plazo de 5 días hábiles para presentación de reclamaciones y subsanación de errores.


TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador, designado por el Alcalde, estará constituido de la siguiente forma:
• Presidente: el de la Corporación o miembro en quien delegue.
• Vocales:
– Directora de la Escuela Municipal de Música
-Responsable o técnico del área relacionada con la especialidad.
-Profesor del área relacionada con la especialidad, de una Escuela de Música o Conservatorio de la Comunidad.
• Secretario: Un empleado del Ayuntamiento designado al efecto.


Podrá asistir, con voz y sin voto, un representante del Comité de Empresa.


QUINTA. FASE CONCURSO
El Tribunal valorará los méritos alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, presentados en la forma establecida en la base tercera, valorándose de acuerdo al siguiente baremo:


Programación didáctica de la asignatura:


Se presentará una programación didáctica de la asignatura de canto que será valorada especialmente por el tribunal calificador. Este proyecto se calificará de 0 a 10 puntos, siendo indispensable su presentación para formar parte en las pruebas selectivas.


Experiencia profesional:


Por cada año ejercido como profesor de canto, en escuelas o conservatorios: 1 punto. Por cada mes: 0,08.


Titulaciones:


Título superior de canto: 5 puntos.
Título medio de canto: 3 puntos.


Otras titulaciones:


Título medio de piano: 3 puntos.
Título elemental de piano: 1 punto.


Expediente académico:


Se valorará la nota media del expediente académico correspondiente a los estudios realizados de canto, de acuerdo a lo siguiente:


Hasta 6: 1 punto.
De 6’1 a 8 1,5 puntos.
De 8’1 a 10 2 puntos.


La nota media se calculará sumando las puntuaciones de todas las asignaturas y dividiéndolas por el total de asignaturas. Cuando las calificaciones no sean numerables, se empleará la siguiente tabla de equivalencia:


Aprobado: 5,5 puntos.
Notable: 7,5 puntos.
Sobresaliente: 9 puntos.
Matrícula de honor: 10 puntos.


Cursos de formación:


Por cada curso intensivo de formación 40 horas o más (técnica e interpretación de canto): 0,5 puntos


Otros méritos:


Por conciertos ofrecidos como solista: 0,2 puntos.
Por conciertos ofrecidos con otras formaciones: 0,1 punto.
Por grabaciones o colaboraciones en discos, maquetas, vídeo clips, etc. 3 puntos.


SEXTA. ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS
Únicamente se valorarán aquellos méritos acreditados a través de los documentos que se indican:



  • Experiencia profesional: Presentación de contratos o certificados de empresa.
  • Titulaciones, expediente académico: Originales o fotocopia compulsada.
  • Cursos de formación: Diplomas originales o fotocopias compulsadas.

SÉPTIMA. FASE DE LA PRUEBA PRÁCTICA
Primera parte. Defensa del proyecto.


El tribunal podrá formular cuantas preguntas estime oportunas sobre el proyecto educativo presentado por el aspirante. Se valorará la defensa del mismo.


Este proyecto se valorará de 0 a 10 puntos.



Aranda de Duero, a 14 de Agosto de 2003
EL ALCALDE