Viajes Combinados: Cuidados al realizar un viaje

Viajes Combinados: Cuidados al realizar un viaje


 


Cercana la hora de hacer las maletas y disfrutar de ese viaje que hemos acariciado a lo largo del año, no está de más que recordemos como está regulada la relación entre el viajero y la empresa de viajes organizados con la que va a contratar.


 


La Ley 21/1995, de 6 de julio, desarrolla el tratamiento jurídico de los denominados viajes combinados.


 


El viaje combinado debe ofrecer un precio global y reunir dos de los tres servicios que se detallan: transporte, alojamiento, otros servicios. Ha de sobrepasar 24 horas, o una noche de estancia por lo menos.


 


El organizador o detallista tiene la obligación de facilitar al consumidor un programa o folleto informativo, claro y preciso sobre la oferta del viaje.


 


 


 


MODIFICACION DEL CONTRATO


 


Se comunicara inmediatamente al viajero, que podrá rescindir el contrato o aceptar la modificación y precio. Ha de responder en 3 días; si no lo hace, se entiende que rescinde el viaje; en este caso puede solicitar lo que pagó, o cambiarlo por otro, abonando la diferencia el usuario – si es más caro – o la agencia, cuando sea de menos calidad.


 


Además el viajero tiene derecho a una indemnización por incumplimiento del contrato que varía entre el 5% del total del viaje y el 25%, dependiendo de las fechas que falten desde que se produjo el cambio hasta el momento de la salida.


 


El usuario no tendría derecho a indemnización si el viaje se suprime por causas de fuerza mayor, o no se hayan cubiertas las plazas, y así se le comunica antes de la fecha límite prevista en el contrato.

Especiales

Contenidos destacados de nuestro municipio

Ayuntamiento de Aranda de Duero
Ayuntamiento de Aranda de Duero
Resumen de privacidad

Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarte publicidad relacionada con las preferencias de los usuarios en base a un perfil elaborado a partir de sus hábitos de navegación.