VIAJAR EN AVION: Consejos

VIAJAR EN AVION: Consejos


 


BILLETES


 


El billete en el transporte aereo es un documento nominal e intransferible, por lo que sólo puede ser utilizado por la persona a cuyo nombre ha sido expedido.


 


 


 


CANCELACION


 


Cuando el pasajero sin previo aviso no utiliza la plaza reservada, puede ser penalizado en la devolución del importe, con un 20% de la tarifa en el trafico nacional y normal y del 25% en vuelos internacionales.


 


Si la cancelación se efectúa 24 horas antes de la fecha prevista para la salida del vuelo, el pasajero tiene derecho a la devolución integra del importe del mismo.


 


El derecho al reembolso del billete no utilizado se puede ejercer hasta 30 días después de terminado el plazo de validez del mismo.


 


 


 


EQUIPAJES


 


Se transporta gratuitamente hasta 30 kg de equipaje por persona en Clase Turista y hasta 30 kg. En Primera Clase.


 


Las indemnizaciones respecto al equipaje, serán las siguientes:


 


          Por perdida o avería de la carga hasta el límite de 17 Derechos Especiales de Giro(4.000 ptas.) por kilo de peso.


          Por perdida o avería del equipaje facturado o de mano hasta el límite de 500 DEG por unidad(113.500 ptas.).


          Por retraso en la entrega de la carga o equipaje facturado, hasta el límite de una cantidad equivalente al precio del transporte.


 


Las reclamaciones por perdida o retraso del equipaje deberán formalizarse por escrito, dentro de los 10 días siguientes al de la fecha que debió entregarse ( 21 días en vuelos internacionales ).


 


OVERBOOKING


 


Se llama «overbooking» a la denegación de embarque a pasajeros con billete válido y una reserva confirmada, denegación causada por un exceso de reservas y venta de más billetes que plazas tiene el avión.


 


El overbooking no esta prohibido legalmente, pero existe una regulación en la Unión Europea(Reglamento nº295/91 del Consejo de la Unión Europea )


 


La normativa europea establece una serie de compensaciones para los pasajeros perjudicados por esta situación en vuelos regulares (no aplicable en vuelos «charter» ).


 


Cuando se nos deniega el embarque, la compañía aérea debe proporcionarnos un impreso en el que se indiquen las normas de compensación. Podemos elegir una de estas opciones:


 


Reembolso sin penalización del precio del billete correspondiente a la parte del viaje no efectuado.


 


La conducción lo mas rápido posible al destino


 


La conducción en una fecha posterior que convenga al pasajero.


Con independencia de la opción elegida la compañía debe pagar inmediatamente a la denegación de embarque una compensación mínima igual a :


 


          24.958 ptas. / 150 euros en vuelos de hasta 3.500km.( 12.479 ptas./ 75 euros si la demora es inferior a 2 horas )


          49.916 ptas./ 300 euros en vuelos de más de 3.500 km. (24.958 ptas. si la demora es inferior a 4 horas).


 


Además, la compañía tiene que hacerse cargo de una llamada telefónica o fax al punto de destino, comida y bebida suficiente en función del tiempo de espera y alojamiento en un hotel en caso que sea necesario esperar una o varias noches.


 


Si aceptamos viajar en una clase inferior a la contratada, nos corresponde el reembolso de la diferencia entre los precios.


 


 


VIAS DE RECLAMACION


 


Oficina Municipal de Consumo (OMIC) y/o Servicio de Consumo de la Comunidad Autónoma


.


Junta Arbitral de Consumo ( se requiere el previo sometimiento voluntario de ambas partes).


 


Junta Arbitral de Transportes, para reclamaciones referentes al transporte terrestre.


 


En los aeropuertos existen dos libros de reclamaciones: uno de aviación civil para reclamaciones sobre servicios del aeropuerto y otro, el de las compañías aéreas para deficiencias en el servicio de éstas.