PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN PREVENTIVA A PERSONAS MAYORES Y/O DEPENDIENTES (2017)

PUBLICADO EN EL B.O.P. DE FECHA 3 DE ABRIL DE 2017

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V.- TARIFAS

Art. 5.-  Las tarifas de esta ordenanza se establecen en función de las  actividades programadas dentro de las contempladas por la Gerencia de Servicios Sociales como adecuadas para el envejecimiento activo  y para la prevención de situaciones personales de dependencia de los usuarios. era.

1.- a) Para personas empadronadas en el Ayuntamiento de Aranda de Duero, Sinovas y La Aguilera:

 

            El 40% del coste del servicio, que alcanza, aproximadamente, 550,00 € será de 220,00 € por mes cada usuario.

1.- b) Se podrán establecer tarifas diferentes a la regulada en el apartado anterior atendiendo a las circunstancias descritas en el art. 7 de esta Ordenanza.

 

Art. 6.- Tendrán preferencia para acceder a los talleres del Servicio de Atención  Preventiva a Personas Mayores las personas empadronadas en el Iltre. Ayuntamiento de Aranda de Duero, Sinovas y La Aguilera.

 

Art. 7

a.- Podrán concederse, con carácter excepcional, bonificaciones y exenciones, cuando mediante un informe técnico social se justifique la necesidad de que determinados usuarios sean beneficiarios de estas actividades y talleres concretos y se acredite la insuficiencia simultánea de recursos económicos para cubrir estas tarifas; y se utilizarán los mismos criterios y baremos, en vigor, que para la concesión de las ayudas en estado de necesidad del Iltre. Ayuntamiento de Aranda de Duero.

b.- Se establecerán bonificaciones para usuarios de este servicio en función de sus ingresos anuales y se han basado en los marcados por las Ayudas de Emergencia Social que resultan ser para una persona 8.946,16 € (1,2 del IPREM) y para dos personas de 10.735,00 € (20% del 1,2 del IPREM).

Partiendo de esta base, la tabla de precio a pagar por usuario/a /mes bonificado es la siguiente:

 

INGRESOS MENSUALES UNIDAD DE CONVIVIENCIA

CUANTÍA A PAGAR POR UN/A USUARIO/A

0€ – 426€

55 €

427 € – 527 €

61,60 €

528 € – 628 €

81,40 €

629 € – 729 €

99 €

730 € – 830 €

121 €

 

En la aplicación de estos criterios para usuarios/as con bonificaciones se establecen las siguientes excepciones:

 

  1. Cuando sean partícipes de este servicio más de un/a usuario/a dentro de la misma unidad de convivencia, se computarán los ingresos totales per cápita.
  2. En los casos en los que el/la usuario/a esté pagando alquiler o hipoteca por su vivienda habitual se computarán los ingresos de la unidad de convivencia menor los gastos mensuales de vivienda, siempre y cuando, no se posean bienes inmuebles por importe mayor a 20.000 €.

 

El/la usuario/a tendrá que abonar mensualmente el precio establecido en estas bases a través de domiciliación bancaria. La no asistencia por causas justificadas o injustificadas a los talleres no exime del pago del mismo.