ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA (2014)

B.O.P. de fecha 12 de diciembre de 2013, núm. 235

TEXTO INTEGRO DE ORDENANZA

 

Artículo 5. Cuota :

Sobre las cuotas de tarifa señaladas en el cuadro contenido en el artículo 95.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales se aplicarán los siguientes coeficientes de incremento :

 Turismos…

 

De menos de 8 caballos fiscales………………. 1,287

De 8 hasta 11,99 caballos fiscales……………. 1,398

De 12 hasta 15,99 caballos fiscales………….. 1,443

De 16 hasta 19,99 caballos fiscales………….. 1,488

De 20 caballos fiscales en adelante………….. 1,488

 

Autobuses……………………………………………………………….1,354

Camiones………………………………………………………………..1,354

Tractores…………………………………………………………………1,354

Remolques y semirremolques…………………………………….1,354

 

Otros vehículos…

Ciclomotores…………………………………..1,443

Motocicletas de hasta 125 cc……………..1,443

Motocicletas de mas de 125 cc…………..1,354

 

2.- Una vez aplicado dicho coeficiente, las cuotas resultantes serán las siguientes:

 

A)    TURISMOS:

 

De menos de 8 caballos fiscales 16,24 euros..

De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 47.64 euros.

De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 103.80 euros.

Desde 16 hasta 19,99 caballos fiscales 133,33 euros.

Desde 20 caballos fiscales 166,656 euros..

 

B)     AUTOBUSES:

 

De menos de 21 plazas 112,79 euros.

De 21 a 50 plazas 160,63 euros.

De más de 50 plazas 200,80 euros.

 

      C) CAMIONES:

De menos de 1000 Kg de carga útil 57,25 euros.

De 1000 a 2.999 Kg de carga útil 112,79 euros.

De más de 2.999 a 9.999 Kg de carga útil 160,64 euros.

De más de 9.999 Kg de carga útil 200,80 euros.

 

D) TRACTORES:

 

De menos de 16 caballos fiscales 23,92 euros.

De 16 a 25 caballos fiscales 37,59 euros.

De más de 25 caballos fiscales 112,79 euros.

 

E)     REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES ARRASTRADOS POR VEHICULOS DE TRACCION MECANICA:

 

De menos de 1000 kg de carga útil 23,92 euros.

De 1000 a 2.999 Kg de carga útil 37,59 euros.

De más de 2.999 Kg de carga útil 112,79 euros.

 

      F) OTROS VEHICULOS:

 

Ciclomotores 6,37 euros.

Motocicletas hasta 125 c.c. 6,37 euros.

Motocicletas de más de 125 hasta 250 c.c. 10,25 euros.

Motocicletas de más de 250 hasta 500 c.c. 20,51 euros.

Motocicletas de más de 500 hasta 1000 c.c 41,01 euros.

Motocicletas de más de 1000 c.c. 82,03 euros.