ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR INMOVILIZACION, RETIRADA Y DEPOSITO DE VEHICULOS (2013)

TEXTO INTEGRO DE LA ORDENANZA

 

ARTÍCULO 7 º.- TARIFAS

 

Para la aplicación de las tasas se seguirá la tabla de tarifas siguientes:

 

1.- Retirada y traslado al depósito municipal, por cada vehículo:

 

a)      Bicicletas y vehículos análogos,  25 euros

b)      Automóviles, motocicletas, ciclomotores, motocarros, cuadriciclos y vehículos análogos de hasta 1.000 kgs. de peso, 50 euros.

c)      Automóviles, camiones, tractores, remolques, furgonetas y vehículos análogos de más de 1.000 kgs. de P.M.A. y menos de 2.500 kgs. de P.M.A. 74 euros

d)      Camiones y vehículos de más de 3.000kgs de P.M.A. la tarifa será la señalada en el párrafo c) incrementada en 24 euros por cada 1.000 kgs. o fracción que exceda de los 2.500 kgs de P.M.A.

Si se inicia el servicio de grúa, pero no se realiza el traslado del vehículo, estas tarifas se reducen un 50%, a no ser que ya estuviese calzado el vehículo para su remolque.

 

2.- Depósito de vehículos por día o fracción:

 

a)      Bicicletas y vehículos análogos, 5 euros.

b)      Automóviles, motocicletas, ciclomotores, motocarros, cuadriciclos y vehículos análogos, de hasta 1.000 kgs. de P.M.A. 10 euros.

c)      Automóviles, camiones, tractores, remolques, furgonetas y vehículos análogos, de más de 1.000 kgs. de P.M.A y menos de 2.500 kgs. de P.M.A. 16 euros.

 

d)      Camiones y vehículos de más de 2.500 kgs. de P.M.A., 22 euros. 

 

3.- Inmovilización de vehículos, por cada vehículo:

 

a)      Bicicletas y vehículos análogos, 25 euros.

b)      Automóviles, motocicletas, ciclomotores, motocarros, cuadriciclos y vehículos análogos, de hasta 1.000 kgs. de P.M.A, 40 euros.

c)      Automóviles, camiones, tractores, remolques, furgonetas y vehículos análogos, de más de 1.000 kgs de P.M.A. y menos de 3.000 kgs. de P.M.A 50 euros

d)      Camiones, tractores, remolques, furgonetas de más de 3.000 kgs. de P.M.A. 75 euros.