ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICION DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS (2017)

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ARTICULO QUINTO: TARIFAS.

 

La tarifa a que se refiere el artículo anterior se estructura en los siguientes epígrafes:

 

Epígrafe primero: Servicios Urbanísticos.

 

1.- Por cada certificación que se expida de servicios urbanísticos solicitada a instancia de parte, 15 euros.

2.- Por cada Información Urbanística que se solicite a instancia de parte sobre la edificabilidad, uso, alineaciones y rasantes referente a un edificio 30 euros.

3.- Por cada informe tramitado por la Oficina de Obras de este Ayuntamiento, en el que se soliciten a instancia de parte datos sobre la titularidad, uso, superficie, ubicación, fechas de construcción o derribo, posibles afecciones de un inmueble a planeamiento urbanístico, etc. 15 _

4.- Por cada expediente de declaración de ruina de edificios:

A instancia de parte, 228 euros.

De oficio, 150 euros.

5.- Por cada fotocopia de planos de ordenación urbana, por cada metro cuadrado de documento técnico original y con un mínimo de un metro cuadrado, 9 euros.

6.- Señalamiento de alineaciones y deslindes a instancia de parte sobre el terreno, 90 euros.

7.- Reconocimiento de edificios a instancia de parte, 36 euros.

8.- Por cada expediente de segregación o agregación, 30 euros.

9.- Documentos que se expidan a instancia de parte para acreditar el cambio de titularidad de la licencia ambiental y de apertura anteriormente concedida, asi como de actividades sometidas a régimen de comunicación: 50 euros.

10.- Cesión de uso de cartografía digitalizada de Aranda de Duero en formato digital y soporte físico en CD. 4,50 euros.

 

Condiciones de cesión de la cartografía digitalizada de Aranda de Duero:

 

a) La utilización de la cartografía digitalizada de Aranda de Duero se llevará a cabo mediante el sistema de cesión de uso para los fines que más adelante se enumeran.

b) Podrán usar la cartografía digitalizada las personas físicas o jurídicas: técnicos, promotores, constructores, compañías distribuidoras de energía, gas, servicios telefónicos o de cable autorizadas, para otros usos, etc

c) Se cede el derecho de uso de la cartografía digitalizada a escala 1/1000 y 1/5000 de fecha 1.993.

d) No se garantiza la exactitud ni el contenido de la cartografía cedida, por lo que no se podrán exigir responsabilidades al Ayuntamiento por el contenido ni los errores de la cartografía que en todo caso corresponde al cesionario la comprobación de su exactitud y fidelidad

e) El adquirente del derecho de uso de la cartografía no podrá ceder a su vez el uso de la misma a terceras personas físicas o jurídicas.

f) En caso de inutilización del soporte de la cartografía se entregará otro CD previa devolución del inutilizado.

g) Se puede utilizar para cualquier trabajo relacionado con Urbanismo, Obras y Servicios del Ayuntamiento de Aranda de Duero o para cualquier otro trabajo relacionado con el territorio y de otras Administraciones Públicas.

Condiciones de uso y utilización:

– Todos los trabajos en los que se utilice la cartografía digitalizada cedida se identificará con el número de licencia en los documentos que se utilicen.

– Sólo se podrá utilizar para intereses del adquirente relacionados con el Ayuntamiento de Aranda de Duero.

– No se podrá utilizar para fines no contemplados en el PGOU y que aunque estén contemplados sean de interés ajeno al adquirente. Será retirada la licencia de uso a quien no utilice la cartografía en los términos establecidos en el presente documento.

– El Ayuntamiento no atenderá ninguna gestión urbanística o de otra índole en la que se compruebe que la cartografía digital utilizada no esté amparada por una licencia de uso en vigor.

– El adquirente se compromete a utilizar la cartografía digital en todos los proyectos o documentos que precisen para su ejecución la cartografía; bien como planos de situación, estado actual, planta edificación, urbanización, etc. y que deban presentarse en el Ayuntamiento de Aranda de Duero para la obtención de una autorización y licencia o cualquier otra gestión de tipo urbanístico que realice en calidad de proyectista, promotor o constructor, etc.

– Las Compañías de Servicios deberán presentar la petición de licencias sobre la cartografía cedida, sobre los planos del estado actual de las redes e intercambio de información.

– El Ayuntamiento tendrá actualizada la relación de usuarios autorizados y amparados por la licencia de uso.

 

Procedimiento de cesión

 

Previa petición por escrito y comprobado que el solicitante se encuentra en el grupo de usuarios potenciales se procederá a la entrega de la cartografía digitalizada.

La tarifa señalada comprende los gastos de gestión y duplicación de CD’s, siendo gratuito el uso y tenencia de la cartografía hasta la anulación, que será comunicada por escrito, de la licencia de uso.

 

Epígrafe segundo: Certificaciones e informes

 

1.- Certificación de documentos o acuerdos municipales, inferiores a 10 folios, del presente ejercicio, 3,60 euros.

2.- Certificaciones de documentos o acuerdos municipales superiores a 10 folios, del presente ejercicio, se aplicará la tarifa anterior añadiendo por cada diez folios siguientes o fracción la cantidad de 1,80 euros.

3.- Por certificaciones de documentos o acuerdos municipales de otros ejercicios. Se incrementarán las tarifas anteriores en un 25 por 100 si se corresponde con los últimos cinco año, con un 50% si son de antigüedad comprendida entre 10 y 20 años y con un 100 por 100 para antigüedad superior a 20 años.

4.-a) Por informes escritos realizados por funcionarios u órganos municipales a instancia de parte, siempre que no sean necesarios para la tramitación de expedientes municipales, 3,60 euros.

    b) Informes sobre atestados de tráfico efectuados por la Policía Local,

        Cuando su extensión sea inferior a 5 folios sin fotos: 23 euros.

        Con extensión superior a 5 folios o con fotos: 46 euros.

5.- Certificaciones Catastrales:

a) Certificaciones catastrales literales de bienes urbanos y de bienes rústicos: 4 € por cada bien inmueble o parcela.

b) Certificaciones catastrales descriptivas y gráficas referidas únicamente a una unidad urbana o una parcela rústica: 15,50 €.

a)             Certificaciones negativas de bienes: 3,60 €.

 

Epígrafe tercero: Fotocopias:

 

1.- Cuando se soliciten en número superior a 10 (incluído), la tarifa será de 0,32 € por fotocopia, siempre que sean en blanco y negro. Para fotocopias en color la tarifa será de 0.38 € por fotocopia a partir de la primera.