ORDENANZA FISCAL REG DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 2009

( BOP de 28 de diciembre de 2008 num. 248)

Artículo11º.-  Cuota tributaria, tipo de gravamen y recargo.

         1.- La cuota íntegra de este impuesto será el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen a que se refiere el apartado 3 siguiente.

         2.- La cuota líquida se obtendrá minorando la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones previstas en el artículo siguiente.

         3.- Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes:

Bienes inmuebles de naturaleza urbana:

1º.- Tipo de gravamen general : 0,675 %

Bienes inmuebles de naturaleza rústica :  …… 0, 70%.

Bienes inmuebles de características especiales : 0,6 %

Bienes destinados a la producción de energía eléctrica y gas, al refino de petróleo y a las centrales nucleares…

Bienes destinados a presas, saltos de agua y embalses…

Bienes destinados a autopistas, carreteras y túneles de peaje…

Bienes destinados a aeropuertos y puertos comerciales…

 

 

 

 

  Documentos asociados que puede descargar:

– Socicitud bonificación en el I.B.I. para viviendas de proteccion oficial.

– Solicitud bonificación en el I.B.I. para empresas constructoras y promotoras

Solicitud bonificación en el I.B.I. para familias numerosas