BASES DEL PREMIO EQUAL: «YACIMIENTOS DEL VINO» PARA EMPRENDEDORES/AS DEL CENTRO CIA. NET DE ARANDA DE DUERO.


BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS «INICIATIVAS DE EQUALDAD – LOS YACIMIENTOS DEL VINO» A LA CREACIÓN DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN EL MARCO DE LA AGRUPACIÓN DE DESARROLLO EMRUTA






  1. OBJETO



ACEVIN a través de la AD EMRUTA establece las presentes bases reguladoras del concurso para premiar a empresas de nueva creación y proyectos empresariales que relacionados con la cultura y el turismo del vino se desarrollen al amparo del Proyecto nº 558 Los Yacimientos del Vino de la Iniciativa Comunitaria eQual.



Para el desarrollo de este proyecto se ha establecido una Red de Centros Cía.net que ubicados en 22 ciudades de la geografía española constituyen el ámbito territorial del citado proyecto y de la presente convocatoria:





  • Alcázar de San Juan (Ciudad Real)




  • Aranda de Duero (Burgos)




  • Cacabelos (León)




  • Cambados (Pontevedra)




  • Chiclana de la Frontera (Cádiz)




  • Daimiel (Ciudad Real)




  • El Puerto de Santa María (Cádiz)




  • Icod de los Vinos (Santa Cruz de Tenerife)




  • Jumilla (Murcia)




  • La Palma del Condado (Huelva)




  • Manresa (Barcelona)




  • Manzanares (Ciudad Real)




  • Montilla (Córdoba)




  • Pedro Muñoz (Ciudad Real)




  • Requena (Valencia)



  • Ribadavia (Ourense)




  • Comarca del Salnés (Pontevedra)




  • San Clemente (Cuenca)




  • Sant Sadurní D’Anoia (Barcelona)




  • Valdepeñas (Ciudad Real)




  • Vilafranca del Penedès (Barcelona)




  • Villarrobledo (Albacete)





  1. BENEFICIARIOS/AS


Podrán optar a estos premios en la categoría de proyectos empresariales todos/as aquellos/as emprendedores/as cuyos proyectos empresariales cumplan los siguientes requisitos:




  • Proyectos empresariales orientados a cualquier sector de actividad económica que en relación con la cultura y el turismo del vino fomenten el turismo, la creación de empleo, la igualdad de género y el respeto al medio ambiente.





  • La actividad empresarial se prevea desarrollar en aquellos territorios donde se esta desarrollando el Proyecto eQual Los yacimientos del vino y sus promotores/as deben ser o haber sido usuarios/as del Centro Cía.net de su territorio, habiendo sido asesorados/as y o tutorizados/as desde éste en la realización de su proyecto empresarial.





  • También podrán presentarse otros proyectos empresariales que no estén ubicados en el territorio del Centro Cía.net siempre que sus promotores/as sean o hayan sido usuarios/as de alguno de los Centros Cía.net del proyecto, habiendo sido asesorados/as y o tutorizados/as desde éste en su proyecto empresarial.





  • El proyecto premiado debe iniciarse en un plazo máximo de dos meses desde la concesión del premio, sin embargo, el órgano regulador de los premios podrá establecer un plazo superior para aquellos proyectos cuya puesta en funcionamiento así lo requiera, sin que en ningún caso este plazo pueda superar la fecha límite del 30 de septiembre de 2004 (es decir, los tres meses anteriores a la finalización del Proyecto eQual Los Yacimientos del Vino).



Podrán optar a estos premios en la categoría de empresas de nueva creación todas aquellas empresas cuya actividad no se haya iniciado antes del día 1 de junio de 2002 (fecha de inicio de la Acción 2 del Proyecto eQual Los Yacimientos del Vino) y cumplan los siguientes requisitos:





  • Las empresas deben estar orientadas a cualquier sector de actividad económica que en relación con la cultura del vino fomenten el turismo, la creación de empleo, la igualdad de género y el respeto al medio ambiente.





  • Deben estar ubicadas en aquellos territorios donde se está desarrollando el Proyecto eQual Los yacimientos del vino y sus promotores/as deben ser o haber sido usuarios/as del Centro Cía.net de su territorio, habiendo sido asesorados/as y o tutorizados/as desde éste para la puesta en marcha de su actividad empresarial.





  • También podrán presentarse aquellas empresas que no estén ubicadas en el territorio del Centro Cía.net siempre que sus promotores/as sean o hayan sido usuarios/as de alguno de los Centros Cía.net del proyecto, habiendo sido asesorados/as y o tutorizados/as desde éste para la puesta en marcha de su actividad empresarial.



 




  1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES


Las solicitudes para la participación en el concurso deben presentarse en el Centro Cía.net de la ciudad que presta o ha prestado los servicios de asesoramiento y acompañamiento para el desarrollo del proyecto empresarial, indicando a la categoría de premios que se concurre (proyectos empresariales o empresa de nueva creación) y adjuntando:





  • Fotocopia: NIF del promotor/es o promotora/s





  • Memoria descriptiva del proyecto empresarial o de la empresa (Anexo 1).





  • El órgano regulador podrá requerir a los/as técnicos/as responsables del Centro Cía.net de referencia, si así lo considera oportuno, toda aquella información relativa al proyecto o a la empresa que permita una mejor comprensión y valoración de los mismos.





  • La convocatoria de estos premios transcurre desde la publicación de estas bases hasta el 30 de abril de 2004.





  1. EXCLUSIONES


Quedan excluidos del concurso aquellos proyectos y empresas que:





  • Su actividad empresarial principal no este orientada a cualquier sector de actividad económica que en relación con la cultura del vino fomenten el turismo, la creación de empleo, la igualdad de género y el respecto al medio ambiente.





  • Hayan sido premiados en otros concursos de cualquier naturaleza promovidos por las administraciones públicas.





  • Aquellas solicitudes que, tras un plazo de 10 días para la subsanación de errores a contar desde la fecha de notificación, no vayan acompañadas de toda la documentación requerida para su evaluación.





  • Las solicitudes que no acepten la totalidad de las bases de este concurso.





  1. TIPO Y CUANTÍAS DE LOS PREMIOS


Se establecen dos categorías de premios:





  • Premios a proyectos empresariales.



  • Premios a empresas de nueva creación.



La cuantía de los premios se establecerá de forma descentralizada en cada uno de los Centros Cía.net (según se recoge en Anexo II), premiándose a aquellos proyectos empresariales y/o empresas de nueva creación de cada Centro Cía.net que obtengan la máxima puntuación de los elementos que se establecen para la valoración.



Cada Centro Cía.net, conforme se recoge en Anexo II, podrá establecer uno o dos premios de las siguiente categorías y cuantías:









Aranda de Duero


A Proyectos Empresariales


Premio Único: 4.000,00 €


A Empresas de Nueva Creación


1º Premio: 6.000,00 €


2º Premio: 3.368,11 €



 


Aquellos Centros Cía.net que lo estimen oportuno podrán establecer una distribución de premios y cuantías distinta (pudiendo incluso establecer una única categoría de premios), siempre y cuando la suma del total de las cuantías de todos premios convocados se corresponda con el presupuesto total del Centro Cía.net para la concesión de premios (13.368,11 € como cuantía media general en las ciudades de Zona Objetivo 1 y 11.833,80 € como cuantía media general en las ciudades de Zona Fuera de Objetivo 1).



El órgano regulador podrá declarar desiertos todos o algunos de los premios convocados en cada Centro Cía.net, en aquellos casos en los que los proyectos y/o empresas presentados no respondan a los criterios mínimos establecidos, quedando abierta la posibilidad de destinar estos fondos a premiar a proyectos empresariales y/o empresas de otros Centros Cía.net que inicialmente no hubieran sido premiados, conforme se establece en la Base VIII de esta convocatoria (Reasignación del número y cuantía de los premios).





  1. CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS



En la selección de los proyectos y empresas a premiar se valoraran los siguientes criterios.





  • Que el proyecto o empresa sea promovido por persona/ s pertenecientes a cualquiera de los colectivos recogidos en el Anexo III.



Se tendrán en cuenta la características del/la emprendedor/a, puntuando:





  • 0 puntos si el/la emprendedor/a no forma parte de los colectivos descritos en Anexo III.



  • 1 punto si el/la emprendedor/a forma parte de los colectivos pero cuenta con garantía o aval que respalde un porcentaje alto de la inversión que pretende realizar.



  • 2 puntos a aquel emprendedor o emprendedora que además de pertenecer a alguno de los colectivos descritos tenga mayores dificultades para desarrollar el proyecto desde el punto de vista financiero, es decir, no cuentan con medios económicos, ni garantías o avales que respalden la inversión que se pretende realizar.





  • Que las empresas creadas o por crear contraten a personas pertenecientes a estos colectivos potenciando la igualdad de oportunidades.



Se valorará la creación de puestos de trabajo y también a qué colectivos va a beneficiar dicha creación, puntuando:





  • 0 puntos a aquellos proyectos que no tengan prevista la contratación de personas recogidas en el Anexo III.



  • 1 punto a aquellos proyectos en los que el 50% o menos de los puestos que va a crear sean cubiertos por personas recogidas en el anexo III.



  • 2 puntos a aquellos proyectos que planifiquen cubrir los puestos de trabajo creados en más de un 50% por personas pertenecientes a alguno de los colectivos descritos.





  • Calidad de los contratos y convenios aplicados a los/as trabajadores/as.



Se pretende premiar a aquellos proyectos y/o empresas que contribuyen a favorecer el bienestar de las personas que van a cubrir los puestos de trabajo previstos en cada proyecto y/o existentes en cada empresa.


Se hará una valoración de 0 a 2 puntos, atendiendo a los siguientes aspectos en este orden de prioridad:


1º Estabilidad de los puestos de trabajo.


2º Duración y tipo de los contratos de trabajo.


3º Beneficios sociales aplicados a los/as trabajadores por convenio.





  • Carácter innovador incorporado al proyecto o empresa.



Se puntuará la innovación teniendo en cuenta que no se premia tan sólo la originalidad sino también la utilización de métodos que aplicados reporten expectativas de mayor éxito y beneficio para la empresa:





  • Innovación tecnológica: se puntúa con 1 punto si introduce innovación tecnológica y con 0 puntos si no lo hace.



  • Innovación en productos / servicios: se puntúa con 1 puntos si crea o da nuevos usos a productos o servicios y 0 puntos si no lo hace.



  • Innovación en precios: se estudia el criterio de establecimiento de precios a productos / servicios y se premia con 1 punto alguna novedad o ventaja que permita competir mejor y con 0 puntos la no ventaja competitiva en este factor.



  • Innovación en distribución: se premia con 1 punto la realización de algún sistema que permita distinguir o mejorar el proyecto y con 0 puntos la no diferencia.



  • Innovación en promoción: se da 1 punto a aquella campaña de promoción que permita distinguir los productos / servicios que va a ofertar la empresa y con 0 puntos si no existe suficiente promoción.



  • Innovación en procesos: se da 1 punto a aquellos proyectos que incluyan la aplicación de una novedad dentro del proceso productivo que permita incrementar la productividad de la empresa y 0 puntos si no se incluye una ventaja clara dentro del proceso.





  • Utilización de Nuevas Tecnologías de la Información:



Se valorará la utilización de las NTIC, puntuando:





  • 0 puntos a aquellos proyectos que no incluyan la utilización de las NTIC.



  • 1 punto a aquellos proyectos que incluyan las nuevas tecnologías como base de futuro dada la importancia de la información just-in time.





  • Pertenencia de la actividad principal del proyecto o de la empresa al grupo de los NYE (nuevos yacimientos de empleo) relacionados con el turismo y la cultura del vino (conforme se recoge en el Anexo IV).



En este sentido se puntuará con:





  • 0 puntos si no es una actividad relacionada con NYE.



  • 1 punto si la actividad está dentro de las consideradas tradicionales pero introduce orientaciones hacia los NYE.



  • 2 puntos si la actividad pertenece al grupo NYE.





  • Respeto y protección del medio ambiente y paisajístico.



Se valora de 0 a 2 puntos todas aquellas medidas incluidas en el plan de empresa o que se dirijan a proteger y preservar el entorno medio ambiental, así como a conservar la armonía paisajística.





  • Imagen y/o beneficio social que aporta a la ciudad.



Se valora la imagen y beneficio social que aportará la creación de la empresa a la ciudad, puntuando:




  • 1 punto a aquellos proyectos empresariales que comporten un efecto positivo.



  • 0 puntos a aquellos proyecto empresariales cuyo efecto sea neutro.



  • – 1 punto a aquellos proyectos empresariales que comporten un efecto negativo.



Los proyecto empresariales presentados a concurso competirán en la categoría de proyectos empresariales, siendo la suma de puntos obtenidos por cada proyecto la que determinará a los ganadores del concurso en esta categoría.



Las empresas presentadas a concurso competirán en la categoría de empresas de nueva creación, siendo la suma de puntos obtenidos por cada proyecto la que determinará a los ganadores del concurso en esta categoría.



En ambas categorías la puntuación máxima es igual a 18 puntos. Para optar a los premios el mínimo de puntos que debe obtener cada proyecto empresarial o empresa será un 40% de la puntuación máxima, es decir 7,20 puntos.



En caso de que dos o más solicitudes que concursen en la misma categoría obtengan un empate a puntos y al objeto de obtener así un desempate, se analizarán teniendo en cuenta entre todos los elementos a valorar aquellos que más se corresponden con los principios de la filosofía de la Iniciativa eQual y conforme al siguiente orden de prioridad:



1º Que el proyecto o empresa sea promovido por persona/ s pertenecientes a cualquiera de los colectivos recogidos en el Anexo III.



2º Que las empresas creadas o por crear contraten a personas pertenecientes a estos colectivos potenciando la igualdad de oportunidades.



3º Respeto y protección del medio ambiente y paisajístico.



4º Utilización de Nuevas Tecnologías de la Información:



5º Carácter innovador incorporado al proyecto o empresa.



6º Pertenencia de la actividad principal del proyecto o de la empresa al grupo de los NYE (nuevos yacimientos de empleo) relacionados con el turismo y la cultura del vino (conforme se recoge en el Anexo IV).



7º Viabilidad económica y financiera del proyecto, así como situación económica financiera de la empresa de nueva creación.



En caso de que alguno o todos los premios de un territorio sean declarado/s desierto/s la cuantía de esto/s premios/s podrá ser destinada a premiar a proyectos empresariales y/o empresas de otros territorios, conforme se establecen en la Base VIII de esta convocatoria (Reasignación del número y cuantía de los premios).





  1. VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO REGULADOR


El equipo técnico de cada Centro Cía.net valora, justificará y puntuará cada uno de los elementos y requisitos necesarios para el concurso en todas aquellas solicitudes presentadas en su territorio.



Los resultados de esta primera valoración serán remitidos al órgano regulador que actuará como auditor de los premios que se van a conceder, ratificando o modificando, si procede, la valoración efectuada por cada equipo técnico.



El órgano regulador está compuesto por:





  • Un/a representante de la Entidad Representante de la AD (ACEVIN).



  • Un/a representante del Comité Asesor de Igualdad de Oportunidades de la AD.



  • Un/a representante del Comité Asesor de Calidad y Medio Ambiente de la AD.



  • Un/a representante del Comité Asesor de Desarrollo de la Sociedad de la Información de la AD.



  • Dos personas representantes del Pleno de la AD elegidos/as en el mismo.





  1. REASIGNACIÓN DEL NÚMERO Y CUANTÍA DE LOS PREMIOS


    En caso de quedar desiertos alguno o algunos de los premios convocados por uno o varios de los Centros Cía.net del proyecto, el órgano regulador podrá proponer la reasignación de los mismos a otra/s ciudades del proyecto para premiar a aquellos proyectos empresariales y/o empresas presentados que no hubieran sido premiados en primera instancia, siempre y cuando éstos reúnan las condiciones mínimas establecidas para acceder a los premios.



    En última instancia, será la ciudad o ciudades a la que se proponga la concesión de premios adicionales a los inicialmente convocados, la que decidirá si acepta o no esta ampliación de premios. La aceptación de esta propuesta implica que dicha ciudad asume la ampliación presupuestaria de su partida para la concesión de premios, lo que significa ampliación de la tanto de la Ayuda FSE como de la Cofinanciación Municipal en la cuantía que corresponda.




  2. CONCESIÓN DE LOS PREMIOS




  • Los premios serán aprobados por el órgano regulador y proclamados por el comité ejecutivo de la AD. La resolución de los mismos se realizará antes del día 1 de junio de 2004.





  • Los proyectos empresariales que hayan sido premiados percibirán el importe del premio correspondiente a partir del momento en que acrediten documentalmente en el Centro Cía.net donde presentaron la solicitud de participación en el concurso que se ha iniciado la inversión o actividad.



Los proyectos empresariales premiados acreditarán el inicio de la actividad empresarial mediante la presentación de copias de los siguiente documentos:





  • Escritura de constitución, en caso de ser sociedad.



  • Alta en el I.A.E.



  • Fotocopia C.I.F.



  • Alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social, en su caso.



  • Vida Laboral.



  • Memoria de las inversiones adjuntando facturas y justificantes de pago de las abonadas, datos del estado y evolución del proyecto.



  • Certificados de estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda, así como, Certificado de estar al corriente de pago con la Administración regional y local.



  • Contratos de los/as trabajadores/as.



  • Fotocopia de la Licencia de Apertura / Actividad.



  • Certificado de periodos de inscripción en el Servicio Público de Empleo correspondiente o en el INEM en su caso.



  • Ficha de terceros.





  • Los proyectos empresariales premiados deberán presentar la documentación que acredita el inicio de la actividad en el plazo de los dos meses a contar desde la fecha de resolución de los premios, pudiendo ampliarse este plazo conforme se establece en la Base II. En caso de no justificación o no justificar fehacientemente la actividad y la inversión, se procederá a la anulación del premio concedido.





  • Las empresas de nueva creación que hayan sido premiadas percibirán el importe del premio correspondiente a partir del momento en que se presente copias de los siguiente documentos:





  • Escritura de constitución, en caso de ser sociedad.



  • Alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social, en su caso.



  • Alta en el I.A.E. y fotocopia C.I.F.



  • Memoria de las inversiones realizadas, adjuntando facturas y justificantes de pago de las abonadas, datos del estado y evolución del proyecto.



  • Certificados de estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda, así como, Certificado de estar al corriente de pago con la Administración regional y local.



  • Contratos de los/as trabajadores/as.



  • Fotocopia de la Licencia de Apertura / Actividad.



  • Ficha de terceros.





  • Las empresas premiadas deberán presentar la documentación requerida en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de resolución de los premios. En caso de no justificación o no justificar fehacientemente las características y elementos de la empresa cuya valoración dió lugar a la concesión del premio, se procederá a la anulación del premio concedido.




  • Este premio será compatible con todas las ayudas que los proyecto empresariales puedan solicitar, estando, en todo caso, sujeto a lo que se establece en la Norma de Minimis (Reglamento [CE] Nº 69/2001 de la Comisión)



  • El órgano regulador velará por que exista una apropiada relación entre las subvenciones u otras ayudas y el volumen de financiación necesario para llevar a cabo el proyecto o para la puesta en marcha de la empresa.





  1. ACEPTACIÓN DE LOS PREMIOS


    La aceptación del premio implica la cesión al Centro Cia.Net correspondiente de los derechos de imagen así como de toda la información necesaria para cualquiera acción de difusión o visibilidad del Proyecto «Los Yacimientos del Vino» en su conjunto o cualquier acción en particular.



  2. PUBLICIDAD DE LOS PREMIOS



Cada Centro Cía.net se encargará de dar suficiente publicidad y difusión a la presente convocatoria de premios al objeto de garantizar el cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia y libre concurrencia que establecen las Administraciones Públicas y la propia Iniciativa Comunitaria eQual. Para ello, cada Centro Cía.net utilizará, como mínimo, los siguiente canales de difusión:





  • Publicación de las Bases de la convocatoria en los tablones de anuncios del Centro Cía.net y del Ayuntamiento de la ciudad.



  • Difusión pública de la convocatoria de los premios mediante emisión de una nota de prensa dirigida a los medios de comunicación locales.



  • Mailing a los/as usuarios/as de cada Centro Cía. Net con los que se esta trabajando en el marco del Proyecto «Los Yacimientos del Vino».