Finaliza el plazo para presentar el proyecto de subvenciones a A.D. y C.D. al I.D.J. de la Diputación Provincial de Burgos

 

El Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos ha publicado las bases de las subvenciones para actividades deportivas durante el año 2003.


El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 26 de junio de 2003. Los anexos para solicitar ayudas pueden conseguirse descargando el fichero adjunto.


Bases extraidas de la web del IDJ.


Con el fin de ayudar a las precitadas Entidades Deportivas , el Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos realiza la presente Convocatoria de conformidad con las siguientes:


 


BASES


 


1.- Podrán optar a las subvenciones: 1.1.- Las Delegaciones Provinciales en Burgos de las Federaciones Deportivas de Castilla y León, y Asociaciones o Clubes Deportivos de la Provincia de Burgos que participen en competición federada de orden Nacional, Regional o Provincial, y asimismo para la organización de actividades extraordinarias.


 


1.1.1.- Las Delegaciones Provinciales en Burgos de las Federaciones Deportivas de Castilla y León, podrán solicitar subvenciones para repartir íntegramente entre los Clubes participantes en las Competiciones de orden Nacional, Regional o Provincial especificando la distribución por cada equipo. En esta Convocatoria no se excluirá a ningún equipo que se encuentre inscrito en la Federación respectiva y que participe activamente en las competiciones que organice. La cantidad a subvencionar será igual entre equipos de la misma categoría, a excepción de los equipos de localidades inferiores a 20.000 habitantes que recibirán una cantidad superior en al menos un 30% del resto de los equipos de su misma categoría pertenecientes a localidades de más de 20.000 habitantes.


1.1.2.- Las Asociaciones o Clubes Deportivos, podrán solicitar subvenciones, únicamente cuando la Delegación Provincial de su deporte, no presente solicitud de petición de subvención. 1.1.3.- Las Asociaciones Juveniles podrán solicitar subvención para la realización de actividades de carácter juvenil.


2.- Dichas subvenciones serán con cargo a los Presupuestos Generales del Instituto Provincial para el Deporte y Juventud del 2003.


 


3 .- No serán objeto de subvención, aquellas actividades que de manera directa o indirecta, sean sufragadas en su totalidad, mediante cualquier otro concepto presupuestario, por este Instituto. Asimismo, tampoco se subvencionarán gastos de protocolo o de representación, suntuarios y los de inversión o infraestructura y los corrientes de mantenimiento de inmuebles, rentas, etc..


 


4 .- Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas concedidas a la Entidad con la misma finalidad otorgadas por cualesquiera Administraciones Públicas o Entidades de naturaleza pública o privada, pero en ningún caso serán de cuantía tal que aisladamente o en concurrencia con tales ayudas, superen el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad beneficiaria.


 


5 .- Cuantía de las subvenciones. La cuantía global máxima de tales ayudas será de 222.300 Euros (36.987.607.-ptas.), existiendo dotación adecuada y suficiente en la partida 452/489.00. del presupuesto del «Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos».


 


6 .- Solicitudes y documentación. La petición de subvención que se realice, se efectuará según los modelos normalizados que figuran en los Anexos y deberá acompañarse necesariamente de la siguiente documentación:


 


6.1.- Instancia, firmada por el Presidente o representante legal de la Entidad, dirigida al Ilmo. Sr. Presidente del Instituto Provincial para el Deporte y Juventud, en el que deberá constar fechas del acuerdo adoptado por la Entidad de comprometerse a realizar en su totalidad la actividad o el programa de actividades para el que se pide la ayuda y de solicitar a este Instituto subvención para ello, según el Anexo I.6.2.- Proyecto detallado, por separado y en orden preferencial de cada programa o actividad que se pretende realizar durante 2003según modelo Anexo II. Este deberá incluir el correspondiente presupuesto.6.3.- Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad solicitante. (Solo en caso de no haber solicitado subvención en años anteriores al Instituto Provincial para el Deporte y Juventud)


6.4.- Memoria de las actividades del año 2002, según modelo Anexo III. 6.5.- Fotocopia del D.N.I. del presidente o representante legal de la Entidad que solicita la subvención. (Solo en caso de no haber solicitado subvención en años anteriores al Instituto Provincial para el Deporte y Juventud)


7 .- Plazo de presentación de solicitudes.


 


7.1.- Dentro de los 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el » Boletín Oficial de la Provincia» .


 


7.2.- Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se admitirán a trámite, procediéndose a su archivo.


 


8. – Lugar de presentación: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos.


 


9 .- Subsanación de defectos. Si las solicitudes no reuniesen los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con los efectos que prevé el art. 91.2 de precitada ordenación legal.


 


10 .- En la concesión de las subvenciones se valorará prioritariamente:


 


10.1.- Que la entidad solicitante tenga su domicilio social en Localidades cuyo censo de población sea inferior a 20.000 habitantes.10.2.- Que el proyecto que presente se desarrolle principalmente en municipios de la provincia cuyo censo de población sea inferior a 20.000 habitantes.10.3.- La repercusión social de la actividad en la localidad donde se realice. 10.4.- La entidad del programa presentado.10.5.- La trayectoria y continuidad de la Entidad solicitante.


 


11 .- Resolución de la Convocatoria. Será la Junta de Gobierno del Instituto Provincial para el Deporte y Juventud, a propuesta de su Presidente, y una vez realice la valoración de los proyectos presentados en base a la cláusula anterior, quien resuelva la Convocatoria, en un plazo máximo de 60 días a contar desde su presentación y previos los informes técnicos sobre la conformidad de la documentación administrativa presentada.


 


12 .- La justificación completa de la subvención se efectuará con carácter previo a la Ordenación de Pago mediante la aportación de los siguientes documentos:


 


12.1 .- Declaración Jurada solidaria del Presidente y Secretario de la Entidad en la que conste (anexo IV):


Que se ha realizado en su totalidad la actividad subvencionada.


Que el importe de la subvención recibida no supera el coste realmente soportado por la Entidad, considerando otras subvenciones que pudieran habérsele concedido con la misma finalidad.


Que se comprometen a custodiar los fondos recibidos, y su aplicación conforme a los documentos y facturas originales reglamentarias.


Que la entidad subvencionada no tiene deudas y se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con el Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos.


Que se comprometen a facilitar cuanta información sea requerida por el Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a la actividad subvencionada.


Que nos comprometemos a realizar el registro, en la contabilidad, del ingreso de la subvención percibida, según establece el Decreto 2784/1.964, de 27 de Julio.


12.2 .- Facturas originales, y fotocopias de las mismas, para ser autentificadas por el Instituto para el Deporte y Juventud de Burgos; justificativas del gasto realizado por valor del 100% de la subvención concedida y ajustarse a la vigente normativa sobre el Impuesto del Valor Añadido. 12.3.- Breve Memoria de la actividad realizada con la subvención, así como la documentación relacionada con el programa aprobado, si la hubiere (carteles, programas, recortes de prensa, fotografías, etc.) 12.4.- ( Solo en caso de haberse modificado el nº de cuenta, o de no haber sido cumplimentada con anterioridad) Ficha de altas a terceros, con los datos debidamente cumplimentados, siendo el titular de la cuenta, necesariamente, la Entidad peticionaria.


13 .- Como plazo límite para justificar la subvención concedida, se establece como fecha el 30 de Octubre de 2003.


13.1.- El incumplimiento de lo establecido en la Base 13 precedente dará lugar al archivo de la documentación sin más trámite, conllevando la pérdida de la subvención otorgada salvo que mediare causa justificada que acredite la realización de actividades durante los meses de noviembre y diciembre, en cuyo caso su justificación se efectuará conforme se señala en la base siguiente.13.2.- La justificación del desarrollo y realización de la actividad, en su caso, para las que se solicita subvención, en los meses de noviembre y diciembre, será presentada por el Representante de la Entidad beneficiaria, con anterioridad al 1 de noviembre de 2003.


14 .- El Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos, a través de la Junta de Gobierno, se reserva el derecho de inspección, control y seguimiento de las actividades que reciban ayuda, así como la petición de todo género de justificantes que se consideren necesarios.


 


15 .- Será imprescindible en la publicidad de las actividades que reciban la subvención hacer constar explícitamente la colaboración del Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos.


 


16 .- Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas económicas vulnerando lo establecido en el punto 4, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.


 


17 .- Procederá a la anulación de la subvención concedida en los siguientes casos:


 


Incumplimiento de la obligación de la justificación.


Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.


Incumplimiento de las condiciones impuestas a la Entidad beneficiaria con motivo de la concesión de la subvención.


18 .- La concesión de ayudas en la presente Convocatoria no implica la adquisición de derechos para percepción de otras ayudas en años sucesivos.


 


19 .- Ningún anexo será valido si no está cumplimentado en su totalidad. Será imprescindible el sello, NIF, firma y firmado (este legible con nombre y apellidos).


 


20 .- La documentación aportada quedará en posesión del Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos. «La presente Convocatoria ponen fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de reposición potestativo, ante la Junta de Gobierno de este Instituto Provincial para el Deporte y Juventud en el plazo de un mes, de conformidad con el art. 116 de la Ley 4/1999, de 13 de enero de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; asímismo, podrá ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso de Burgos, en el plazo de dos meses a tenor del art. 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, los interesados podrán ejercitar cualquier otro que estimen procedente.»



Teléfono de información del IDJ: 947 258 650